Abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de la Junta de Andalucía para personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados

Abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de la Junta de Andalucía para personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados

Fecha de inicio
11/07/2016

Fecha de fin:
11/07/2016

Categoría:
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El Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache ofrece a los vecinos y vecinas de la localidad asesoramiento técnico y la tramitación de estas ayudas. Las personas interesadas pueden acudir a la delegación de Planificación Urbana hasta el 26 de julio, en horario de 9:0 a 14:00 horas, para asesorarse y entregar la documentación necesaria para acceder a esta subvención. La Oficina de la Vivienda también informa a los vecinos y vecinas de la localidad sobre la documentación que deben entregar para la tramitación de estas ayudas. El horario de atención de esta Oficina es los martes por la mañana, en horario de 10:00 a 13:00 horas.

La ayuda consiste en el pago del 40% del alquiler, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda, o 200 €/mes. A las personas en situación de vulnerabilidad social, podrá concederse el 80% de la renta. En este caso, es necesario aportar Informe de los Servicios Sociales.

Pueden solicitar estas ayudas las personas titulares de contratos de arrendamiento de vivienda destinada a residencia habitual y permanente, ubicadas en Andalucía. Los requisitos son los siguientes:

a) Tener residencia legal en el territorio nacional.

b) Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente, ocupándola efectivamente durante el periodo subvencionable, y estar empadronados en la misma.

c) El importe de la renta mensual de la vivienda no será superior a 500 euros.

d) Los ingresos de la unidad de convivencia no podrán superar la Cuantía del Límite de Ingresos de la Unidad de Convivencia, correspondientes al año 2015 (en adelante CLIUC), que se establece en los apartados 5 y 6 del artículo 12 del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril. Dicho límite, se calcula en función de los miembros de la unidad de convivencia y sus edades, y se determina en relación con el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (14 mensualidades), en adelante IPREM.

Los requisitos y condiciones de aplicación deberán ser cumplidos por el conjunto de los miembros de la unidad de convivencia a la que se destina la vivienda, entendiéndose como tales las personas que convivan y estén empadronadas en una misma vivienda, existan o no lazos familiares. En ningún caso una misma persona podrá formar parte de dos unidades de convivencia distintas.